1- ¿Qué se vota?
El domingo 30 de octubre los vecinos y vecinas de Montevideo pueden votar para decidir la nueva integración de los Concejos Vecinales y las propuestas del Presupuesto Participativo que se ejecutarán en los diferentes barrios de la capital. Se vota con cédula de identidad, único documento válido. Por lo tanto no es necesario haber nacido en Montevideo, puede haber nacido en Artigas, Paysandú o Pando, que si vive o trabaja en Montevideo puede votar. Repetimos, única condición que se exige es que posea cédula de identidad vigente.
2- ¿Cuándo se realizará la elección del Presupuesto Participativo y Concejos Vecinales?
El domingo 30 de octubre de 9 a 19 horas. En cada uno de los territorios que comprenden los 18 Centro Comunales Zonales, hay suficientes circuitos para poder votar.
3- ¿Dónde puedo votar?
La ciudadanía podrá sufragar en los diferentes circuitos instalados en diversos puntos de Montevideo.
4- ¿Cómo se vota?
Tanto el Presupuesto Participativo como el Concejo de Vecinos se vota en el territorio del Centro Comunal Zonal donde opta votar que generalmente es la zona donde vive o trabaja.
5- ¿Quiénes pueden sufragar?
La ciudadanía mayor de 16 años mediante su participación directa, con cédula de identidad vigente
6- ¿Hasta cuántas propuestas del Presupuesto Participativo se pueden votar?
Lo importante a saber es que nadie puede votar más de dos propuestas. Es decir se puede votar una sola o hasta dos, no más de dos propuestas, eso anula el voto.
7- ¿Cómo se vota a los candidatos a Concejales Vecinales?
El sistema es una sola lista donde figuran todos los candidatos. Si por ejemplo en el territorio para votar para el Concejo Vecinal 7 (Buceo, Nuevo Malvin, Malvín y Punta Gorda ) la lista contiene a los 37 candidatos que se presentan para ser electos. Debe marcar con una cruz, al lado del nombre del candidato en el que existe un cuadradito para marcar la cruza.
8 ¿Hasta cuántos candidatos a Concejales Vecinales se pueden votar?
Se puede votar uno solo,dos, tres hasta 10 candidatos está habilitado el elector para votar. No puede señalar en la lista de candidatos más de 10 candidatos de lo contrario se anularía el voto.
